Los casos de los mexicanos en el corredor de la muerte, la reforma judicial en México y la eliminación del feminicidio en Perú iluminan una grieta profunda: el concepto de justicia no es universal
Esta semana coincidieron tres noticias que, a primera vista, no tienen relación entre sí. En Estados Unidos, Amnistía Internacional reveló que 44 ciudadanos mexicanos aguardan en celdas de máxima seguridad la ejecución de una pena de muerte. En México, la mayoría de los jueces electos en el proceso de renovación judicial ya pertenecían antes al Poder Judicial. Y en Perú, un organismo interamericano rechazó formalmente la propuesta de eliminar el delito de feminicidio del código penal. Tres historias distintas, tres geografías distintas. Y sin embargo, las tres hacen la misma pregunta: ¿quién define qué es justo, y desde dónde lo hace?
No hay respuesta única. Hay perspectivas. Las presento a continuación.
Desde Ciudad de México: la soberanía como argumento
El gobierno mexicano lleva años sosteniendo que sus ciudadanos en el corredor de la muerte en Estados Unidos son víctimas de un sistema que los procesa sin respetar la Convención de Viena, que obliga a notificar a los detenidos extranjeros sobre su derecho de asistencia consular. La Corte Internacional de Justicia ya falló en ese sentido en 2004, en el caso Avena, y Estados Unidos no cumplió plenamente con ese fallo. Para la cancillería mexicana y para organizaciones de derechos humanos en el país, los 44 casos documentados por Amnistía Internacional no son solo tragedias individuales: son la evidencia de que la soberanía jurídica de México sobre sus propios nacionales es ignorada sistemáticamente al norte de la frontera.
Esta lectura tiene su propia coherencia interna. Si un Estado no puede garantizar que sus ciudadanos sean tratados conforme al derecho internacional cuando cruzan una frontera, ¿qué valor tiene la ciudadanía? Desde esta perspectiva, el problema no es solo la pena de muerte —aunque México la abolió en 2005—, sino el incumplimiento reiterado de un tratado vinculante.
La misma lógica soberanista aparece, en otra clave, en el debate sobre la reforma judicial. Cuando los críticos —dentro y fuera de México— cuestionan que los jueces sean elegidos por voto popular, el gobierno responde que ningún país externo tiene autoridad para definir cómo México organiza su sistema de justicia. El hecho de que la mayoría de los jueces electos ya trabajara antes en el Poder Judicial es leído, desde el oficialismo, como una señal de continuidad institucional. Desde la oposición, como la demostración de que la elección popular no renovó nada: redistribuyó poder entre los mismos actores.
Dos lecturas del mismo dato. Ninguna inventada.
Desde Washington y las organizaciones internacionales: los estándares como piso mínimo
Hay otra manera de leer estas mismas historias, y proviene de una tradición jurídica diferente: la del derecho internacional de los derechos humanos, que postula que ciertos estándares no son negociables independientemente de la soberanía nacional.
Desde esta perspectiva, los 44 mexicanos en el corredor de la muerte no son solo un problema bilateral entre México y Estados Unidos. Son un recordatorio de que la pena de muerte —aplicada con las irregularidades procesales documentadas— viola estándares que la comunidad internacional ha ido construyendo durante décadas. Amnistía Internacional no habla solo de ciudadanía mexicana: habla de seres humanos sometidos a un proceso que, en varios casos, estuvo viciado desde el inicio.
Esta misma lógica es la que aplicó el organismo interamericano al rechazar la eliminación del feminicidio en Perú. El argumento de quienes proponían suprimir el tipo penal era, en esencia, que el homicidio agravado bastaba para castigar esas muertes. El organismo respondió que no: que el feminicidio como categoría jurídica independiente cumple una función que va más allá de la pena. Nombra una forma específica de violencia, produce estadísticas diferenciadas, obliga al Estado a diseñar políticas específicas. Eliminarlo no simplifica el derecho penal: borra una realidad.
Desde esta lectura, la soberanía tiene límites. Un Estado puede organizar su sistema judicial como prefiera, pero no puede suprimir categorías de protección que responden a patrones documentados de violencia. El estándar internacional no es una imposición cultural: es el resultado de décadas de evidencia acumulada sobre lo que ocurre cuando esas categorías no existen.
La tensión entre estas dos perspectivas —soberanía versus estándares mínimos— no es nueva. Aparece en cada debate sobre pena de muerte, sobre identidad de género, sobre pueblos indígenas. Y no se resuelve fácilmente, porque ambas posiciones tienen raíces legítimas.
Desde las comunidades afectadas: la justicia que no llega
Hay una tercera perspectiva, menos articulada en los foros internacionales pero no menos real: la de quienes esperan justicia desde hace años sin obtenerla, independientemente del marco jurídico que se aplique.
Los sobrevivientes de crímenes contra comunidades indígenas que esta semana denunciaron obstáculos para acceder a la justicia no están discutiendo teoría constitucional. Están describiendo una experiencia concreta: la de presentarse ante instituciones —nacionales o internacionales— y encontrar puertas que no se abren, formularios que no contemplan su idioma, procedimientos que asumen una ciudadanía uniforme que ellos no reconocen como propia.
Desde esta perspectiva, el debate entre soberanía y estándares internacionales ocurre, en gran medida, sobre sus cabezas. Ambos marcos —el nacional y el internacional— pueden fallarles con igual eficiencia. La reforma judicial en México puede cambiar quién nombra a los jueces sin cambiar en absoluto la experiencia de una comunidad indígena que denuncia una desaparición. El rechazo interamericano a eliminar el feminicidio en Perú es una victoria simbólica importante, pero no garantiza que las fiscalías investiguen ni que los jueces condenen.
Esta perspectiva incomoda porque no tiene una institución clara que la represente. No es un gobierno, no es una ONG con sede en Ginebra. Es la suma de experiencias individuales que los sistemas jurídicos —de todos los signos— tienden a procesar mal.
El prisma y sus caras
Tres perspectivas, entonces, sobre el mismo conjunto de noticias. La soberanista, que protege el derecho de cada Estado a organizar su propio sistema de justicia. La internacionalista, que insiste en que ciertos estándares deben operar como piso mínimo universal. Y la de las comunidades que, desde adentro de ambos marcos, siguen esperando.
No voy a decirle al lector cuál de estas lecturas es la correcta. Lo que sí puedo decir, después de veinte años cubriendo procesos políticos en varios países, es que los tres ángulos son necesarios para entender lo que está pasando. Quedarse con uno solo —el de la soberanía, el del estándar internacional, o el de la denuncia comunitaria— produce una imagen incompleta.
La justicia, como la luz, se refracta de maneras distintas según el ángulo desde el que la mires. El trabajo del periodismo —y, me atrevería a decir, el del buen ciudadano— es mirar todos los ángulos antes de sacar conclusiones.
Esta semana, las noticias nos dieron tres. No es poco.
Por Arturo Jimenez